viernes, 28 de febrero de 2014

SÍ SE PUEDE RECLAMAR TODO EL CENTIMO SANITARIO








Ya están diciendo que, aunque el Tribunal de Luxemburgo haya dictado que el “céntimo sanitario” era nulo, sólo se podrá reclamar por los últimos 4 años pues ha prescrito el derecho de reclamar por todos los años anteriores. Pues no; claro que se puede.



  Aunque sólo soy un corsario y con licencia caducada, llevo cautivo a bordo al letrado Monsieur Bonne-Nouvelle Lumiere de la BaixMarine, que entre trago de aguardiente y miga de galleta me cuenta que los dineros pagados hasta ahora son reclamables desde el principio. A mí me da igual porque no puedo volver a España –no hay lugar para mí-, pero a alguno de Ustedes puede interesarle el razonamiento jurídico, que son dos (aviso: el medio exilio y la penuria me imposiblitan acercarme a la costa para adquirir nuevos libretos, así que quizá alguno haya sido renovado, pero Ustedes agradecen mi intención).



  Verán: quieren dar a entender que el derecho a reclamar ha prescrito para más allá de 4 años. Bueno, eso es verdad a medias, porque se está refiriendo al modo ordinario de reclamar contra cuestiones fiscales. Pero aquí hay dos vías especiales que no se están citando:



  1.- Si se ha declarado nulo lo del céntimo sanitario, y lo ha sido por una vía procesal de carácter administrativo o contencioso-administrativo (aunque haya precisado prolongarse hasta Luxemburgo), estaríamos en el caso del artículo 142.4 de la Ley 30/199, que permite exigir responsabilidad patrimonial a la administración por su mal funcionamiento. El plazo es de un año para reclamar, pero se cuenta desde que se dicta la sentencia definitiva cuando estamos en un caso que dependía de una sentencia. No sé si podemos aplicar eso al caso del céntimo porque no conozco los trámites que han seguido hasta ahora los reclamantes, pero seguramente pueden tirar de este hilo, y en tal caso no sólo podrían beneficiarse los que han sostenido hasta ahora la reclamación, sino cualquier otro perjudicado, que puede exigir la responsabilidad basándose en la nulidad obtenida por los otros (cuestión aparte es lo de demostrar el daño, mantener las facturas, etc., que ahí no entro porque es de la España Negra).



  2.- Querellarse por prevaricación contra los autores del desaguisado, y exigir responsabilidad civil derivada del delito. El Tribunal de Luxemburgo parece haber dejado pistas de que los autores (sean 5 o 5.000) de la ocurrencia podrían haber actuado con prevaricación pues ya se les había avisado de la ilegalidad del céntimo. En tal caso, podría acusárseles de prevaricación, cuya prescripción es de 10 años pues lleva aparejada condena de inhabilitación para cargo público por hasta 10 años. (artículos 131.1 y 404 del Código Penal). En tal caso, si se les condenara podría también exigirse la responsabilidad civil. Hay que tener en cuenta además que la prescripción no podría tampoco invocarse pues podría plantearse como un delito continuado ya que sus efectos no se agotaron en el momento de dictarse la norma sino que se han prolongado en el tiempo, de modo que la prescripción comenzaría cuando dejó de cobrarse el último céntimo santiario, que no sé cuándo fue pero no debe hacer mucho.



  En fin, que Ustedes sabrán. Y sus jueces. Lamentablemente, están siendo los jueces europeos los que están haciendo verdad aquello de Tres Juicios y un Funeral (los juicios de Parot, las cláusulas suelo y el céntimo sanitario, por poner sólo tres ejemplos), que con tres juicios de fuera están enterrando ya del todo a la Justicia Española que en todo este tiempo está siendo incapaz de ejercer como el Tercer Poder que es para salvar a la ciudadanía. Ese es tema de otra entrada, ya que desde hace tiempo veo a los Jueces como el Tercer Estado de la Revolución Francesa, que tenía todo el poder y no lo sabía hasta que el abate Sieyes se lo hizo ver, y percibieron que eran mucho más fuertes si en lugar de actuar como Un poder frente a los otros Dos (Legislativo y Ejecutivo), actuasen como INDIVIDUOS -que son varios miles- contra los individuos legislativos –que son unos cientos-. 

  Pero eso es otra histora; de momento, vayan a sus asesores a preguntar por lo del céntimo. Y de paseo pregunten si me han levantado ya la orden de busca y captura por mi licencia caducada. Suyo servidor, Zarafin.

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