jueves, 27 de septiembre de 2012

GALLARDON Y LA REPRESENTACION DEL ESTADO EN CATALUÑA





 
Que lo digan Pujol, Carod Rovira o el obispo de Urgell es normal y hasta entrañable, pero que lo diga Gallardón que es Ministro de Justicia de España me parece o bien un desliz o bien una concesión innecesaria. Ayer escuché a Gallardón utilizar esa famosa cantinela de que “el President de la Generalitat de Cataluña es el representante del Estado en Cataluña”.

Cuando Goebbels –o quien fuera- dijo que una mentira dicha mil veces se convierte en verdad, debió estar pensando en Spanien. El éxito de ese tipo de manipulación se culmina cuando el perjudicado por ella la asume estúpidamente como propia, se la cree y la incorpora a su discurso. Eso es lo que ha hecho Ruiz Gallardón.

Es cierto que queda muy poco Cool, menos Casual y nada Indie dar importancia a estos temas. Lo siento, es posible, pero también es cierto que cuando los conceptos se van integrando en el consciente colectivo acaban ejerciendo su influencia. Por mi parte tengo claro que, si no fuera algo importante, no habría existido desde hace décadas una corriente empeñada en meternos el sonsonete por las orejas: La Generalitat catalana es la representante del Estado en Cataluña. ¿Ah, sí?

La maniobra no es inocente: consiste en demostrar que el Estado (Español) no es nada en Cataluña o que no hace falta porque ya está la Generalitat. Consiste en repetir el modelo de los Wifredos el Velloso o de tantos otros que siendo “representantes” en una zona determinada acaban legitimados por la mera posesión física, una especie de usucapión o, aún peor, de herencia del ausente, queriendo dar a entender que, ante la dejación o vacío de poder en que la Metrópoli nos deja, no hay que temer porque ya estamos aquí los de aquí para seguir aquí. “El Estado no está ni se le espera”. Obviamente, admitir que se representa al Estado es también una forma de hacerlo presente, o sea de reconocer su autoridad, pero eso es irrelevante en esta fase en la que, sencillamente, se trata de minar la idea de que el Estado existe por igual en todo el territorio español.

Bueno pues entro al trapo y les diré que pueden Ustedes utilizar la frasecita susodicha si lo que pretenden es hacer el ridículo. Si pretenden decir las cosas como son les recomiendo que destierren esa idea de “la representación de España por la Generalitat catalana”, porque es una falacia como tantísimas otras que componen nuestro sainete tribal. Gallardón, por ejemplo, hace el ridículo porque él en teoría es jurista y se le suponía de los buenos, que ya no lo creo -no sólo por esto-.

Pero abreviemos: En primer lugar, no hay que representar al Estado en ninguna parte de él, porque ya está él. España no se va a ningún lado como para necesitar representante, subsiste siempre iusqua celos ad infernos (desde los cielos a los infiernos). Por eso la Constitución sólo habla de representar al Estado cuando hay que salir fuera de él, y en tal caso es el Rey de España quien “asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales” (artículo 56.1).
Cuando estamos dentro del país, lo más que se dice en la Constitución es que “Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado” (art. 66.1). Vamos, que si hay que representar al Estado -y dejando de lado el tema de si el estado español y el pueblo español son lo mismo- para eso ya están las Cortes Generales, que son soberanas en todo el territorio, toda vez que también ”la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” (art. 1.2). Es decir, que si la soberanía reside en el pueblo español, y a éste lo representan las Cortes, son éstas en todo caso las representantes del Estado.

Tema diferente es el de la Organización Territorial del Estado, en la que aparecen Municipios, Provincias y Comunidades Autónomas. Con un matiz: los municipios y provincias son esenciales al Estado, las Autonomías no, pues así como todo el territorio nacional –español- queda repartido en municipios y provincias por definición sin que existan territorios que no lo sean (ellos o sus símiles isleños, etc.), las autonomías son opcionales, no es obligatorio que existan (art. 137: “El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan”). El mapa español no precisaba ser dividido completamente en comunidades autónomas pues el sistema inicialmente se pensó sólo para 3 o 4, otra cosa es que luego todos se dejaran llevar por la canción de la cabeza de ratón y trajeran cafeteras para todos.

El que la estructura territorial se componga de municipios, provincias y comunidades autónomas significa que en Cataluña son tan parte –y no representantes- de la Organización –y no de la esencia- Territorial del Estado unas entidades como otras. Es más, no son dependientes entre sí por criterio de jerarquía, sino independientes por criterio de competencia. Lo aclaro: La autonomía no está por encima de un ayuntamiento, el cual tiene la garantía constitucional de la autonomía municipal (art. 140.1). La autonomía puede tener funciones de control sobre los ayuntamientos, pero porque las habrá recibido delegadas del Estado, y sin que ello suponga prelación pues también los jueces tienen control sobre los Ayuntamientos y no por ello se les considera superiores a éstos. Es decir, que las autonomías tienen su terreno, y los ayuntamientos el suyo. Entre estos niveles puede existir cierto tipo de dependencia ramificada, pero se trataría en todo caso de un sistema delegado por el Estado, y reconducible en cualquier momento ya fuera por voluntad propia o ya fuera por retirada de competencias por parte del Estado, que es finalmente en quien se manifiesta la soberanía a través de las Cortes Generales.

El caso de las provincias es algo más difuso, pues ellas son al fin y al cabo pelusas municipales que actúan por ósmosis y de manera residual o supletoria respecto de los municipios, y por tanto las meteremos en el mismo saco que los ayuntamientos.

En definitiva, que el Estado entendido desde el punto de vista político no tiene representante como tal en Cataluña (a salvo el Rey, que más que representante es Jefe del Estado). En cuanto al Estado como organización territorial se proyecta sobre varios compartimentos estancos (autonomía, provincia y municipio) que conservan cada uno su esfera propia competencial. Y en cuanto al Estado entendido como una Administración más, también tiene su representante en Cataluña para todas las competencias que sigue desarrollando el Estado en todas y cada una de las Comunidades Autónomas, y dicho representante es el Delegado del Gobierno de España (remedo del antiguo Gobernador Civil).

Así que, señor Gallardón, si quiere hacer guiños al pancatalanismo póngase una senyera estelada en el coche, pero no me cambie la Constitución, Usted no.

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