lunes, 9 de julio de 2012

LA IMPUTADA VALENCIANA




   Vivimos los tiempos del ejemplo. A falta de dinero los nobles nos piden sacrificio a los del Tercer Estado. Nosotros a ellos les pedimos, a cambio, ejemplo. Bueno, pues ni por ésas: cuanto más sacrificio nos piden, menos ejemplo nos dan.

   Ultimamente todo va tan deprisa que no tengo tiempo ni de abstenerme. Pero algunas cosas me dejan perplejo, especialmente cuando nos llaman tontos. Tenemos a la alcaldesa de Alicante Sonia Castedo denunciada por varios delitos, y también se ha liado a unos cuantos más del partido gobernante en la autonomía valenciana, que es el PP (de momento haré de elefantito cuidadoso en la cacharrería de las palabras imputado, denunciado, querellado, acusado, procesado, encausado, condenado pendiente de recurso, condenado en firme, indultado… (la política nos ha regalado un máster gratuíto de términos criminales, y aun así casi nadie aprueba).

   Pueden imaginar el circo de acusaciones y defensas contra la señora afectada. Esto es insufrible, con toda Europa mirando y la Merkel al periscopio. Hoy quiero acompañarles un texto sólo para que puedan leer por sí mismos lo que ha dicho el juez que estaba viendo el asunto de la alcaldesa Sonia y el trío Los Panchos (digo Los Panchos por cómo parece que se han quedado todos).

   Según parece, la alcaldesa alicantina y diputada valenciana ha sido tan pretendida por varios hombres para su beneficio como la viuda valenciana de Lope, y de ahí que esté ahora enredada en un proceso penal. Con los demás Panchos. El juez que estaba en el asunto ha visto que éste tenía tela y que afectaba a una diputada autonómica -Doña Sonia-, con lo que ha visto la luz de escaquearse del asunto pues siendo diputada debe ser investigada por otro tribunal, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (se ve que el juez alicantino es, junto con la jueza Alaya, el único de España que no quiere ser estrella). Así que ha redactado un escrito remitiendo el asunto al criterio de ese alto Tribunal.

   No juzgo a la alcaldesa porque si quisiera juzgar a la gente me habría hecho juez, suerte para el mundo que me gusta más la ley del mar que la de tierra. Pero me gusta ayudarles a Ustedes a que no se dejen tomar el pelo por los voceros de la Voz, venga del Infierno o del Paraíso. Les adjunto el texto literal que ha dictado el juez que estaba investigando el asunto de la alcaldesa (el subrayado es mío, para centrarlo), y así pueden Ustedes ejercer su libre albedrío como quería Lutero:

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO 5 DE ALICANTE Procedimiento: Diligencias Previas Nº 002690/2010 - - EXPOSICIÓN RAZONADA Que formula y eleva a V.E., Manrique Tejada y Del Castillo,Magistrado-Juez de Instrucción del Juzgado de Instrucción nº Cinco de Alicante, en relación con las Diligencias Previas nº 2690/2010….

Respecto a los preceptos penales descritos, la actual fase de la instrucción no permite la concreción del tipo de cohecho que deba, en su caso y una vez completada, ser referido a cada uno de los funcionarios y autoridades presuntamente responsables. Sin perjuicio de ello, indiciariamente resulta la percepción y/o solicitud de dádivas por parte de los aforados, por la comisión de un acto cuando menos injusto (artículo 420 del Código penal), pues merced a las mismas, los aforados facilitaron información que no debía ser pública relativa al Plan General de Ordenación Urbana de Alicante e incluso procedieron a modificar el mismo en atención a los deseos manifestados por un particular, prescindiendo de los intereses generales y atendiendo exclusivamente al interés privado, procediendo posteriormente a dictar las correspondientes resoluciones en atención a los referidos intereses particulares.

Esta exposición razonada se eleva a V.E. al amparo de lo dispuesto en el artículo 73.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia tiene atribuidas, como Sala de lo Penal, el conocimiento de las causas penales que los Estatutos de Autonomía reservan al conocimiento de los Tribunales Superiores de Justicia, y en virtud de ello, de lo dispuesto en el art. 23.3, párrafo segundo del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, que establece, en relación con los miembros de Las Cortes Valencianas, que “Durante su mandato no podrán ser detenidos ni retenidos por los actos delictivos realizados en el territorio de la Comunidad Valenciana, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir en todo caso sobre su inculpación, prisión, procesamiento, en su caso, y a juicio al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.”.


Es decir, que –aparte de la cosa rara de la elevación a otro tribunal y que ahora importa cero- es un juez el que considera que hay “indicios” de varios delitos. Sepan también que estos indicios también los ha visto previamente el fiscal anticorrupción. Así resulta de una moción que el partido Esquerra Unida, presentó en el Ayuntamiento de Alicante, el pasado 16 de Junio de 2011, en la que se indicaba que:

…”la presunta comisión de varios delitos relativos al manejo de información privilegiada y al tráfico de influencias atribuidos de forma indiciaria por la Fiscalía Anticorrupción a Dª Sonia Castedo, D. Luis Díaz Alperi, D. Enrique Ortiz y al técnico redactor del Plan General, D. Jesús Quesada, así como de un presunto delito de cohecho atribuido también de forma indiciaria por la Fiscalía Anticorrupción a Dª Sonia Castedo, D. Luis Díaz Alperi y D. Enrique Ortiz, sitúan al nuevo planeamiento de la ciudad bajo grave sospecha de corrupción.”

   Es decir, que la atribución de posibles conductas delictivas no ha sido un invento de un periodista o de un partido adversario, sino de la fiscalía anticorrupción y de un juez.

   A partir de ahí empieza toda la teoría de la presunción de inocencia, y que la imputación como tal no es algo decisivo sino que es una fase previa de la investigación (instrucción) judicial.

   Todo eso me aburre bastante, pero me provoca varias REFLEXIONES:

 PRIMERA.- El Presidente de la Generalitat Valenciana, Alberto Fabra, a quien por el momento respeto bastante, dijo en su momento que no quería imputados en su gobierno. El PSOE ya está pidiendo que la “indiciada” dimita o que Fabra la cese.

   Fabra, o su conseller Císcar, ha contestado que Fabra no puede cesar a la señora Castedo pues ésta no está en su gobierno (es diputada y alcaldesa pero no consellera ni tiene cargo en la administración autonómica). Eso es verdad, pero también lo es que Doña Sonia está en el partido del que Fabra es Presidente valenciano. Si el Presidente del PP no puede imponer su control sobre una sóla persona, ¿cómo espera que le creamos capaz de sacar adelante a toda una comunidad?

   Doña Sonia no está en su gobierno, pero qué duda cabe de que es un personaje clave en la política regional. Arrieritos somos. Si Fabra presumía de  traer la honestidad a esta tierra, no puede pararse ahora amparándose en latinajos. O somos o no somos, y la gente no va a entender que no pueda aplicar a una figura regional del PP lo mismo que proclamó para sus conselleres.

SEGUNDA.- Si tomamos como cierto que el pobrecito Fabra no puede hacer nada, entonces el asunto se vuelve contra Rajoy, porque… ¿Es que Rajoy tampoco puede hacer nada? ¿Dónde quedó la ley de transparencia? ¿El regeneracionismo? Etc.?

TERCERA.- Cuestión aparte es si por el hecho de una imputación debe exigirse la dimisión de alguien. Yo tengo mis dudas que abordaré en el apartado “Cuarta”, pero en este “Tercera” no hace falta dirimir esa cuestión, porque fue el propio Fabra el que puso el listón en la imputación con aquello de tolerancia cero. Lo usó para librarse de unos cuantos empezando por la sombra de Camps. Ahora toca ser fiel a uno mismo, Alberto, o te ocurrirá como a ellos.

   Ese cese ha tenido un precedente en Rafael Blasco al ser cesado o dimitido light como portavoz del PP en las Cortes Valencianas (sobre las que por cierto tampoco tiene competencia Fabra). Si hay que marcar territorio como Político Alfa, éste es el momento, President.

CUARTA.- A mí lo de la imputación como criterio para cesar a uno o para pedirle que se aparte no me parece mal. Es más fuerte que la mera denuncia, que puede ser infundada, gratuíta o directamente fraudulenta. La imputación ya implica una primera apreciación por el juez (casi más intuición que otra cosa), sin apenas efecto jurídico aparte del de que a partir de ahí es obligatorio que todo se declare con abogado, y sin apenas chicha pero al menos ya significa que un juez ha entendido que no se trata de una broma.

   El verdadero problema del criterio de la imputación está en dos cosas que no tienen que ver con el delito mismo:

1) que la denuncia que da origen a la imputación puede venir orquestada maliciosamente por los adversarios políticos con el único ánimo de quitarse de en medio a un contrincante (a veces la denuncia viene de los del propio bando, ojito); y

2) que tarda tantísimo el asunto judicial que, cuando llega la supuesta absolución, archivo, sobreseimiento, etc. (vamos, que se decide que no hay delito) el político ha quedado desmochado de por vida para su carrera.

   Eso tendría una solución: un sistema judicial mucho más ágil, o al menos la creación de uno especialmente ágil para los asuntos que afecten a servidores públicos. No puede ser que continuamente tengamos gente presentándose a elecciones con la estrella amarilla de procesado colgada al pecho.

QUINTA.- La verdadera razón por la que Fabra no quiere actuar contra sus fieles diputados es porque se quedaría en minoría, quizá. Pero eso tiene también un arreglo facilísimo, así que yo, como el Camilo que aparece de pronto en La viuda valenciana para dar un giro a la cosa, les propondré mi fórmula mágica:

   ¿No quieren todos transparencia y honradez? ¿No piden todos a Fabra que retire a sus diputados sospechosos? Pues que se comprometan todos a respetar esos escaños ausentes del PP como si estuvieran presentes, de forma que los acusados puedan desaparecer del foro sin que por ello se violente la voluntad popular manifestada en las urnas que quiso dar tantos diputados al PP y no menos. Y si no saben hacer eso, que cambien el reglamento del parlamento valenciano y que se establezca la posibilidad de designar suplentes para casos semejantes, y asunto resuelto, desaparece la persona pero se mantiene el escaño y la mayoría. ¿O no? De esa manera podrían todos los partidos asumir como norma, de ahora en adelante, la de apartar al diputado autonómico imputado, sin miedo a perder cuota de poder.

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